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Editorial del Programa ECOS del día 3 de Marzo de 2018

 

Tres carteles por un crimen (ambiental)

 

 

Quizás, en estas épocas de Oscars, usted ha visto o ha oído hablar de la película Tres anuncios por un crimen, multinominada a los mayores premios porque además de estar muy bien contada y actuada, muestra a una mujer, que, ante la ausencia de justicia, coloca carteles ruteros preguntando públicamente a la policía por qué no había avances en la investigación del crimen que había acabado con la vida de su hija.
Siempre dicen que la realidad supera la ficción. Pero a veces, como en este caso, la realidad copia la ficción: Un señor colocó en setiembre del año pasado dos carteles al costado de una ruta nacional en los cuales vincula la contaminación de la zona con la planta de metanol de YPF de “Plaza Huincul”, en la provincia de Neuquén.
La empresa petrolera interpuso una medida cautelar para que se tapen esos carteles. Pero la Justicia rechazó el pedido.
Este buen señor, productor granadero de la zona, presentó una denuncia en el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén por contaminación. El hombre vinculó la muerte de sus animales con la planta de metanol. Y como todo tardaba mucho, y para visibilizar su denuncia, colocó dos carteles sobre la ruta.
“Estas tierras han sido contaminadas con metanol que se vuelca directamente al Cañadón Zapala en forma consciente por Empresa Estatal – YPF.
El 100% de metanol ya es letal. El análisis arroja 191%”, dice el anuncio.
La planta es la principal destilería de Patagonia y es la única que produce metanol en nuestro país. 36.000 toneladas de metanol, 56.000 toneladas de combustibles livianos y se transportan 110 camiones diariamente.
En la película, un policía bastante sacado le prendió fuego a los carteles. YPF fue a la Justicia e interpuso una cautelar para que se “cubran” esos carteles.
Pero la sorpresa fue que, en el fallo, los magistrados recordaron que “toda persona tiene derecho a la libertad de expresión, cuyo ejercicio no puede estar sujeto a censura previa”, pero en caso de “existir algún abuso, existe reparación ulterior”.
El caso llegó a la Cámara Provincial de Apelaciones Civil, Comercial, Laboral, de Minería y Familia con competencia en las II, III, IV y V Circunscripciones Judiciales. Allí, los jueces María Julia Barrese y Pablo Furlotti rechazaron el recurso de apelación de la petrolera y confirmaron la medida cautelar.
“(…) No se nos escapa que la imputación de haber contaminado con metanol las tierras en que se asientan los carteles ‘en forma consciente por Empresa Estatal YPF´ puede resultar injuriosa para la actora, más ello no implica que, en esta etapa del proceso, deba cercenarse la libertad de expresión de quien la pública”, concluyó el tribunal.
Qué tal.